El TSXG explica que alterar los horarios es una modificación sustancial del contrato y, por tanto, no puede llevarse a cabo de manera unilateral por parte de la compañía |
Son muchos los empleados que, aprovechando sus horarios de trabajo, se deciden a mejorar sus estudios. El problema viene cuando la empresa cambia las condiciones laborales y se topan ante la imposibilidad de continuar con su proyecto. Según un reciente fallo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), la compañía no puede imponer un cambio de turno a un trabajador si resulta ser incompatible con sus estudios.
El conflicto que ha provocado el fallo surge en el año 2019, cuando un ordenanza de unas instalaciones municipales de A Coruña -contratado a través de una empresa privada- se topó con problemas para continuar sus estudios. Este empleado mantenía desde el año 2008 un horario que se realizaba de lunes a viernes en turno de mañana. Once años más tarde, el servicio de las instalaciones deportivas es asumido por una nueva entidad gestora. Es entonces cuando le exigen ocupar el puesto de conserje y lo obligan a realizar turnos rotatorios de mañana y tarde y de lunes a domingo.
Ante estas nuevas condiciones laborales, el ordenanza explica a la empresa que el horario que se le impone es incompatible con su situación personal. Alega que está estudiando en la universidad por las tardes para completar su título en Administración y Dirección de Empresas. Unas semanas más tarde, la firma decide tramitar la baja voluntaria del empleado por dimisión. Y este decide acudir a la Justicia.
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