En los fundamentos de derecho de la resolución judicial se afirma que "el único elemento determinante de la enfermedad desarrollada, una crisis de ansiedad, se centra en la realización del trabajo". Se creó una situación de tensión hábil para generar un episodio de crisis nerviosa a la que siguió temporalmente el reconocimiento de un proceso incapacitante por ansiedad. No hay prueba de la existencia de algún otro elemento que provocará la reacción psicológica del trabajador, concluye la sentencia a la que ha tenido acceso Radio Palencia de la Cadena SER.
Aludiendo a otras sentencias, el juzgado recuerda "que es evidente que no todas las personas tienen la misma capacidad de asumir los problemas ni la misma capacidad de autocontrol. En este caso, el juzgado detecta que concurre un elemento suficiente para desencadenar la causa. El 30 de enero de 2018 se produjo la discusión entre el trabajador y el hijo del representante legal de la empresa. El operario acudió al centro de salud de Jardinillos donde se detectó la crisis de ansiedad. Hubo parte de baja por contingencias comunes. El hombre acudió a la Asociación Palentina de Ayuda a las Víctimas de Acoso (PAVIA). De ahí salió un informe en el que se reflejaba que el trabajador realizaba funciones por encima de su categoría, que la empresa funcionaba bien cuando la regentaba el padre, complicándose cuando se hace cargo el hijo. La relación se complicó hace un año y medio.
El detonante fue cuando al trabajador le retiraron el carné de conducir por diez meses sin poder desplazarse solo a las localidades en las que se requería su servicio. A partir de ahí, según consta en la sentencia, los insultos, humillaciones, gritos, fueron frecuentes, llegando incluso a intentar agredirle lanzándole una calculadora a la cabeza lo que desembocó en una crisis de ansiedad y posterior baja médica.
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